• El proyecto 18.416 prohíbe que los empresarios de autobús rebajen salarios de choferes sin estudios técnicos que demuestren una falta laboral.
La noche de ayer, el Plenario Legislativo aprobó de forma unánime el proyecto 18.416 presentado por el diputado José María Villalta durante el periodo 2010-2014. La iniciativa prohíbe que los dueños de empresas autobuseras rebajen injustamente los salarios de los choferes por las marcas realizadas en las barras o contadores electrónicos de los autobuses. Cualquier sanción de este tipo debe tener el sustento de un debido proceso previo.
La ley agrega un inciso F) al artículo 17 de la Ley Reguladora del Transporte Remunerado de personas;
Artículo 17- Son obligaciones del empresario de transporte remunerado de personas: […] f) Respetar lo dispuesto en el Capítulo IV, artículo 162 al 176 inclusive del Código de Trabajo, relativos a las medidas de protección del salario. En particular, se prohíbe al empresario de transporte remunerado rebajar unilateralmente los salarios de los conductores que laboran para él, mediante la imputación de las marcas realizadas en barras electrónicas u otros mecanismos dispuestos para controlar el ingreso de pasajeros, sin la realización de un debido proceso en el que se demuestre la responsabilidad del conductor en la comisión de una falta laboral.
“Con este proyecto buscamos proteger una de las labores más vulnerables. Los choferes de bus, en muchos casos, deben trabajar larguísimas jornadas sin descanso, aguantar insultos y encima de todo correr el riesgo de que les rebajen el salario por situaciones fuera de su control. Con esta iniciativa estaríamos acabando con esa terrible práctica que viola los derechos laborales. A su vez protegemos a las personas usuarias que muchas veces tiene que pagar los platos rotos por el clima de tensión que generan estos injustos rebajos”, señaló el diputado Villalta.