Diputado José Ramírez logra dictamen de Ley para proteger a los niños y niñas

  • El proyecto de Ley busca sentar responsabilidad penal que proteja a la ciudadanía frente a las conductas de negligencia en el manejo de animales
  • La mayoría de ataques de animales tiene como víctimas a niños y niñas

La Comisión Legislativa de Juventud Niñez y Adolescencia dictaminó hoy el proyecto de ley expediente 19660 Ley para proteger y salvaguardar la integridad y el interés superior de la niñez costarricense, presentado por el diputado del Frente Amplio José Ramírez Aguilar.

El proyecto de Ley busca solventar un vacío jurídico para sancionar la negligencia de los dueños de animales en el manejo y conducta de éstos y establecer sanciones cuando a consecuencia de descuidos sobre el animal se produzcan lesiones culposas a las personas.

El diputado frenteamplista señaló que: ”De acuerdo con datos del área de Estadísticas de la Salud de la Caja, el año 2015, se presentaron 3760 atenciones por mordeduras o ataques de perros. Es decir, un total de 10 personas son atendidas a diario en los diferentes centros médicos de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). La mayoría de las víctimas fueron infantes de edades tempranas.  De todos los casos, 63 fueron hombres y 35 mujeres.  Los niños registran 26 casos entre el primero y los cuatro años, 15 casos de los cinco a los nueve años, y 10 casos entre los diez a los catorce años.  Las niñas registran 9 casos entre uno y cuatro años, y 9 casos de cinco a 9 años.

El diputado José Ramírez Aguilar, señala que la iniciativa de ley, consta de dos artículos:

El primero pretende reformar el artículo 117, del Código Penal Ley Nº 4573, el cual se refiere al homicidio culposo, de manera que se incluya dentro de este tipo penal : “al dueño o responsable de un animal cuando por culpa o negligencia en el cuido y como consecuencia de esta conducta, dicho animal causare la muerte a un ser humano.”  En este sentido, se impondría prisión de tres meses a cuatro años al dueño o responsable de un animal cuando por culpa o negligencia en el cuido y como consecuencia de esta conducta, dicho animal causare la muerte a un ser humano.

En el artículo 2 del proyecto citado, se adiciona un  artículo 130 bis (referido a las lesiones culposas por descuido de animales) al Código Penal, en el cual se estable el tipo penal de  lesiones “Se impondrá pena de quince días a tres meses de prisión o hasta ochenta días multa al dueño o responsable de un animal cuando por culpa o negligencia en el cuido y como consecuencia de esta conducta, dicho animal causare lesiones físicas a un ser humano. 

La pena será de tres a seis meses de prisión o hasta 80 días multa para quien azuzare o soltare un animal peligroso, con evidente descuido. Cuando se causare daño físico leve a otra persona, como consecuencia de esta conducta, la pena será de seis meses a un año de prisión, siempre que la conducta no constituya los delitos de lesiones ni homicidio”.

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