• La exclusión de productos necesarios para tener una alimentación nutritiva y balanceada y para personas en condición de obesidad, intolerantes a la lactosa y celíacas, pone en peligro la salud de toda la población, en especial la de las personas más pobres.
Amparado en los derechos fundamentales a la salud y sana alimentación, el diputado José María Villalta presentó la mañana de este lunes una acción de inconstitucionalidad contra el Reglamento de Canasta Básica Tributaria y el Artículo 11.3.b del Plan Fiscal.
El reglamento violenta los artículos 11, 21, 46 y 50 de la Constitución Política -entre otros- que protegen el derecho a la salud, al excluir productos indispensables para una sana alimentación. Por ejemplo, productos para personas celíacas como panes integrales libres de gluten. Esta enfermedad, como otras condiciones de salud, no distingue el nivel socioeconómico de la quien la padece.
También se excluyeron los productos derivados de la leche deslactosada, necesarios para personas intolerantes a la lactosa y productos con un alto valor nutritivo como el yogurt, lácteos bajos en grasa, atún en agua, filetes de pescado, aceite de oliva, gran cantidad de frutas, vegetales y leguminosas como lentejas.
Además de poner en riesgo la protección de estos derechos, el Ministerio de Hacienda ignoró los criterios técnicos del Ministerio de Salud que expresamente recomendaban incluir estos productos dentro de la canasta básica para que fueran gravados con un IVA del 1% en vez del 13% y así garantizar su acceso a los hogares de menores ingresos.
El derecho a una sana alimentación también está tutelado por diversos tratados en Derechos Humanos ratificados por Costa Rica como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Declaración de Roma sobre Seguridad Alimentaria Mundial que reafirmó “el derecho de toda persona a tener acceso a alimentos sanos y nutritivos.”
“He solicitado que se anule el reglamento de la canasta básica y el artículo del Plan Fiscal en que se basa hasta que el Poder Ejecutivo no dicte uno nuevo que proteja el derecho a una sana alimentación e incorpore los criterios técnicos del Ministerio de Salud. Decir que se basaron en el consumo efectivo es falso, ya que sí tomaron en consideración algunas poblaciones al incluir productos como leche de cabra. Nuestra intención es que se amplíe esa lista para incluir a todas las poblaciones con condiciones especiales de salud y brindar más opciones con alto valor nutricional”, afirmó el diputado Villalta.
La acción se tramita bajo el número de expediente 190061020007CO.